IMMEX

El 13 de enero de 2025 fue publicado en el portal electrónico del Servicio Nacional de Información de Comercio Exterior (“SNICE”) el oficio número 400.2025.001 (el “Oficio”) de misma fecha, a través del cual se dieron a conocer los requisitos para que las empresas con Programa IMMEX queden exceptuadas de la restricción para importar temporalmente

Este 19 de diciembre de 2024, el gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se modifica la tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación”

El pasado 5 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se dan a conocer los requisitos para importar temporalmente mercancías incluidas en el Anexo II del Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación” (el “Acuerdo”), mismo que entrará en vigor el 8 de abril de 2024 y estará vigente hasta el 31 de agosto de 2024.