Las reformas al Reglamento de Tránsito en Carreteras y Puentes de Jurisdicción Federal, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 9 de junio y 13 de agosto de 2026, introducen cambios significativos para el autotransporte federal y el transporte privado en México:

  1. Guardia Nacional como autoridad operativa. Se formalizan sus atribuciones para inspeccionar, vigilar, sancionar y emitir boletas de infracción en carreteras federales, sustituyendo a la Policía Federal.
  • Bitácoras electrónicas de horas de servicio. Los conductores podrán portar la bitácora de horas de servicio en formato impreso o electrónico. Su omisión se sanciona con multa de 20 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (“UMA”), aproximadamente de $2,346 a $3,519 pesos.
  • Inspecciones reforzadas. Se amplían facultades para verificar frenos, emisiones y condiciones físico-mecánicas conforme a normas oficiales mexicanas.
  • Pruebas de detección de alcohol y sustancias. La Guardia Nacional podrá realizar pruebas de detección; negarse a someterse a ellas genera sanción automática.
  • Reducción de multas. Diversos rangos sancionatorios bajaron de 60 a 25-30 UMAs, compensando el incremento de la UMA 2026,aproximadamente $117.31 diarios.
  • Nueva sanción por circular sin permiso vigente: multa de 50 a 55 UMAs, aproximadamente $6,452 pesos.
  • Descuento de hasta 50% en multas. Si el conductor acepta la infracción, la multa se fija en su mínimo con 25% de descuento, más 25% adicional por pago en 15 días hábiles.

 

Estas reformas exigen una revisión inmediata de protocolos internos: actualizar bitácoras, verificar condiciones mecánicas y capacitar a operadores sobre los nuevos procedimientos de inspección, para garantizar el cumplimiento regulatorio y proteger la operación y movimiento de carga.